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22.7.11

PRESIDENTA CFK REGLAMENTO LEY QUE VUELVE OBLIGATORIOS EXÁMENES AUDITIVOS A RECIEN NACIDOS

A partir de la reglamentación de la Ley de Hipoacusia, firmada por la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el Estado garantiza la detección temprana y atención de la sordera, un problema que afecta a entre 700 y 2100 recién nacidos por año
 
 
Con la publicación hoy en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional estableció el derecho de todo recién nacido a que se estudie tempranamente su capacidad auditiva y se le brinde tratamiento en forma oportuna. A través de la reglamentación de la Ley de Hipoacusia (25.415), firmada ayer por la Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, el Estado garantiza la detección temprana y el tratamiento adecuado de la Hipoacusia infantil, con el fin de promover el desarrollo del lenguaje y la integración social en los niños que la sufren.
Conforme al decreto 1093/2011, sobre el “Programa
Nacional de Detección Temprana y Atención de la Hipoacusia”, que implementa el Ministerio de Salud de la Nación, a cargo de Juan Manzur, a partir de ahora, la detección y tratamiento de la hipoacusia infantil deberá ser incluida entre las prestaciones obligatorias de obras sociales y entidades de medicina prepaga.
En tanto,  el mismo programa garantizará el primer par de audífonos e implantes cocleares en forma totalmente gratuita, a los niños con signos de disminución auditiva y que no posean ningún tipo de cobertura social.
 
“El decreto presidencial reafirma la voluntad del Gobierno Nacional de ubicar a la salud como política de Estado, garantizando a las criaturas que nacen con problemas de sordera el tratamiento adecuado”, destacó Manzur y agregó “esto es muy importante porque de esa manera vamos a tener un chico que desarrolló lenguaje y puede ir a una escuela común y desarrollar su vida en forma normal”.
 
Con la reglamentación de la norma, que coincide con el cierre de la XXII Semana Nacional de la Lucha contra la Sordera, “seguimos haciendo efectiva la inclusión social en la Argentina, porque los chicos con esta patología antes perdían la oportunidad de aprender a la par del resto y ahora vamos a evitarlo”, añadió el funcionario.
 
La Ley viene a impulsar el desarrollo, fortalecimiento e implementación del Programa Nacional que coordina y administra las acciones para garantizar progresivamente el diagnóstico y el tratamiento de la hipoacusia infantil a todos los recién nacidos en el territorio de la República Argentina.
 
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS) –destaca el decreto  1093/2011– la incidencia de la hipoacusia se cifra en cinco cada mil recién nacidos. En los casos de hipoacusias moderadas a profundas, las cifras oscilan entre  1 y 3 por mil, mientras que las hipoacusias severas a profundas los valores se sitúan aproximadamente en 1 de cada mil recién nacidos.
Entre los fundamentos de la medida, se destaca que  “la precocidad en la realización de los estudios exploratorios resulta de fundamental relevancia ya que
advertir la deficiencia a tiempo permite iniciar en forma oportuna una
rehabilitación temprana y evita los impedimentos que produce la deficiencia
auditiva en el desarrollo normal del lenguaje y de las
capacidades cognitivas que de él se derivan”.
La sordera, entendida como la falta de capacidad para escuchar sonidos, puede producirse por factores hereditarios, congénitos y adquiridos desde el momento del nacimiento, o adquirirse a lo largo de la vida, obedeciendo a numerosos factores causales. En Argentina afecta a entre 700 y 2100 niños al año. La discapacidad auditiva constituye el 18 por ciento de las discapacidades en el país, la cual se reparte en un 86,6 por ciento de dificultad auditiva y un 13, 4 por ciento en sordera.
 
 
Buenos Aires, 22 de junio de 2011
Coordinación General de Información Pública y Comunicación
Ministerio de Salud de la Nación
Tel.: (011) 4379 – 9038 / Email: prensa@msal.gov.ar
twitter.com/msalnacion

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