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21.11.11

Entregarán certificaciones a ex fumadores


El Ministerio de Salud, a través del Programa Provincial de Control de Tabaco, entregará este viernes 25 de noviembre, los correspondientes certificados a aquellas personas que decidieron vivir libres de humo de tabaco y dejaron de fumar gracias a la ayuda de los grupos de cesación tabáquica. Este evento se realizará en el SUM, del Hospital del Sur, de la ciudad de San Luis a las 11,30 horas.

Este reconocimiento se hará extensivo a instituciones que decidieron eliminar de sus ambientes el contaminante y cancerígeno humo que emite el cigarrillo durante su combustión.

En esta ocasión se recordará que el pasado 17 del corriente se conmemoró el Día Mundial del aire puro y de la Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC), se apelará a la toma de conciencia por parte de los fumadores y se dejará abierta la invitación a seguir el ejemplo de estos pacientes que con la asistencia de los profesionales de la salud  pudieron dejar atrás el destructivo vicio de fumar.

El cigarrillo se ha convertido en el principal causante de la EPOC, es por eso de este llamado a optar por una vida saludable. La OMS informa que la epidemia de tabaquismo  mata a casi 6 millones de personas por año, y a 600 mil personas no fumadoras por la exposición al nocivo humo.

Esta epidemia podría controlarse solo con el compromiso de todos para vivir en un ambiente libre de Humo de Tabaco, por ello, en distintas partes del mundo se dictan normas para frenar el avance del tabaquismo.

San Luis con la  Ley Antitabaco Nº III-0723-2010,  regula aspectos relativos al consumo, comercialización y publicidad en todo el ámbito de la Provincia, e indica en su Artículo 12:

“Queda prohibido fumar:
a) En el interior de oficinas y locales públicos, ascensores y escaleras pertenecientes a
cualquiera de los Poderes de la Provincia o Entes descentralizados y establecimientos
educacionales provinciales de todos los niveles, como así también en locales con atención o permanencia de personas destinados a la atención médica como sanatorios y centros de salud;
b) En el interior de lugares cerrados privados, de carácter público como centros y tiendas comerciales, restaurantes, bares, discotecas, supermercados y bibliotecas; de igual forma quedan incluidas en el presente Artículo las salas de exhibición, de convenciones, museos, establecimientos educativos, cines, teatros y estadios ya sea que se exhiban eventos deportivos o artísticos;
c) En todos los vehículos o medios de transporte público colectivo urbano; y en aquellos vehículos privados que requieran autorización estatal para desarrollar sus actividades, especialmente el dedicado al transporte escolar, sanitario y geriátrico. Asimismo quedan comprendidas las salas de espera de personas y boleterías en estaciones y terminales de medios de transporte público de pasajeros.-
Quedan exceptuados de lo establecido en el presente Artículo, los centros penitenciarios, las prisiones, los locales de detención policial”.


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