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14.3.19

ANMAT prohibió una leche en polvo "Campo de Oro"



Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( Anmat ) prohibió la elaboración, fraccionamiento, tenencia, transporte y comercialización en todo el territorio nacional de una leche entera en polvo.
Todo ello dado que el análisis de laboratorio realizado por la Dirección General de Bromatología de Río Cuarto, Córdoba, concluyó que una muestra analizada no es apta para el consumo y que en base a los parámetros analizados, "no cumple" con las exigencias fisicoquímicas establecidas por el Código Alimentario Argentino (CAA) en su artículo 567 para leche en polvo, ya que el valor de materia grasa se encuentra por debajo del límite mínimo permitido para leche en polvo entera y además los caracteres organolépticos no son los característicos. Asimismo, el producto carecía de autorizaciones de establecimiento y de producto, estaba falsamente rotulado y era, en consecuencia, ilegal.
El artículo 1° de la disposición 2269, establece: "Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto: "Leche entera en polvo, disolución instantánea, fortificada con vitaminas D y A, marca: Campo de Oro, elaborada y envasada por: Sociedad Cooperativa de Tamberos de la zona de Rosario Ltda, Humberto Primo 1255, RNE N° 21-005144, RNPA N° 2101222, S.G 21-01222- SENASA -S-I-03434, Para Lácteos C.A.B.A. S.R.L, Holanda s/n- La Perla- Córdoba, por las razones expuestas en el Considerando".

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