DOSEP: AFILIADOS CON CELIAQUÍA PODRÁN RECIBIR MENSUALMENTE PRODUCTOS LIBRES DE GLUTEN
La cobertura será de un 80% y los interesados deberán presentar una serie de requisitos para poder obtener el beneficio. Según informaron desde la Dirección de Obra Social del Estado Provincial (DOSEP) el módulo alimentario consiste en un paquete 450 gramos de rebozador y 3 kg de premezcla para panadería y repostería.
La coordinadora de DOSEP, Lic. Elisa Muñoz, informó que a través de una resolución se resolvió implementar a partir de este miércoles un Plan de Enfermedad Celíaca, destinado a los afiliados de la obra social quienes podrán recibir mensualmente los productos detallados anteriormente. La cobertura será de un 80%, es decir que cada afiliado mensualmente tendrá que abonar la suma de 9 pesos. El plan tendrá un año de validez y podrán ser renovados por el mismo término, previa presentación de la documentación requerida.
§ Afiliados del interior
Para el caso de los afiliados del interior, la documentación deberá presentarse en la Delegación más cercana a su domicilio. Posteriormente cada delegación remitirá los papeles al Área de Planes Especiales, para ser evaluados por auditoría médica. Una vez autorizada la ficha, se elevará al Área Farmacia quien será responsable de entregar el módulo alimentario al afiliado.
§ Requisitos generales
A- Fotocopia del carnet de afiliación actualizado. En el caso de los afiliados a cargo del titular (hijo o conyugue), deberá acompañarse fotocopia del carnet del titular.
B- Fotocopia de DNI 1º y 2º hoja y cambios de domicilio.
C- Fotocopia del último recibo de haberes.
D- Ficha Plan Enfermedad Celíaca que será expedido por el área Planes Especiales. Los datos deberán estar completos al momento al momento de su presentación para la incorporación a dicho plan.
E- Fotocopia de análisis sexológicos de anticuerpos específicos y de la biopsia intestinal.
F- Los afiliados podrán incorporarse y hacer uso de los servicios que se brindan a través del Plan Enfermedade Celíaca a partir de los 90 días de afiliación a la Obra Social.
G- Los afiliados beneficiarios que se encuentren a cargo del titular (conyugue o hijo), no deberán gozar de los beneficios de otra Obra Social.
§ La Celiaquía
La enfermedad celiaca es una condición permanente de intolerancia al gluten, contenido en diversos alimentos que ocurre en individuos genéticamente predispuestos y se manifiesta como una enteropatía producida por mecanismos inmunológicos, cuyo único tratamiento disponible hasta el momento es una dieta libre de gluten.
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