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12.7.12

OFICIALIZAN PROGRAMA DE SALUD DESTINADO A PERSONAS PRIVADAS DE SU LIBERTAD




Gacetilla de Prensa
Resolución 1009/2012
Con la formalización de esta iniciativa, en la que ya se venía trabajando desde los ministerios de Salud y de Justicia de la Nación , se busca el fortalecimiento de acciones que garanticen el acceso y la atención de salud de personas en situación de cárcel.

El funcionamiento del Programa de Salud en Contextos de Encierro, que implementa la cartera sanitaria nacional, a cargo de Juan Manzur, fue oficializado hoy, tras publicarse en el Boletín Oficial la Resolución 1009, con los detalles de sus alcances y metas.
El plan tiene por objetivo “mejorar la calidad en el acceso a la salud de las personas en contextos de encierro, mediante el fortalecimiento de los sistemas sanitarios penitenciarios federales y provinciales de todo el país”.
"Las personas privadas de su libertad tienen derechos al igual que otros ciudadanos, y es nuestro deber que eso se cumpla. Por eso, el Estado tiene que asegurar que esta población pueda efectivizar sus derechos como el resto de las personas y, en este caso, el derecho de acceder a los servicios de salud", consideró Guillermo González Prieto, subsecretario de Salud Comunitaria de la cartera sanitaria nacional.
Por su parte, la directora de Medicina Comunitaria, Silvia Báez Rocha, puntualizó que “las acciones de este Programa están orientadas a tres aspectos principales: disminuir las tasas de morbi/mortalidad de patologías evitables; promover la implementación de las políticas públicas del Ministerio al interior de las Unidades Penitenciarias y Alcaidías del país, y equiparar la atención sanitaria a la que se presta en el medio libre”. El programa busca equiparar la atención sanitaria de las personas que están en libertad con la de quienes se encuentran en situación de encierro; como también promover la adopción de un sistema de información estratégica que incluya la vigilancia epidemiológica, el monitoreo, y evaluación de calidad e impacto del programa.
Actualmente, distintas áreas de este Ministerio, como las Direcciones Nacionales de Maternidad e Infancia; Salud Mental; SIDA y Enfermedades de Transmisión Sexual; y los Programas Nacionales de Salud Sexual y Procreación Responsable; de Control de la Tuberculosis ; Remediar y; de prevención de Cáncer cérvico uterino, entre otros, trabajan conjuntamente para el logro de este objetivo.
Entre las acciones implementadas se destaca el incremento considerable de la distribución de métodos anticonceptivos entre las personas privadas de su libertad y los controles de salud para madres, niños y mujeres embarazadas dentro de los penales. También el funcionamiento del Programa Remediar, que considera a cada unidad penitenciaria como un centro de salud.
“Otra de las acciones realizadas tiene que ver con el establecimiento de un testeo inicial del estado de salud al momento del ingreso a las unidades, así como la articulación con el servicio sanitario correspondiente luego del egreso, a fin de asegurar la continuidad de los tratamientos”, agregó Báez Rocha.Las políticas públicas que en el ámbito de la cartera sanitaria se formalizan con la norma publicada hoy, se pusieron en práctica en julio de 2008, cuando a partir de un convenio marco firmado entre los ministerios de Justicia y Derechos Humanos y de Salud de la Nación , se puso en marcha la iniciativa “Justicia con Salud, Salud para Incluir”. La misma busca implementar las políticas de salud en el ámbito de los establecimientos dependientes del Servicio Penitenciario Federal, así como referenciar a las personas que salen en libertad con los centros sanitarios para continuar su tratamiento.
Esa iniciativa representó un avance en el proceso nacional de otorgar a la ciudadanía los elementos necesarios para el efectivo goce de los derechos consagrados en la Constitución Nacional , enmarcado en la política integral de Derechos Humanos y destinado a las personas que se encuentran privadas de la libertad en establecimientos penitenciarios, al tiempo que propició un abordaje integral y articulado de los Ministerios de Salud, Desarrollo Social, Trabajo y Empleo y Seguridad Social, Educación, Justicia y Derechos Humanos. A ese proceso, adhirieron en diciembre de 2009 los gobiernos de las provincias de Buenos Aires, Mendoza, Salta y Tierra del Fuego, quienes suscribieron el convenio marco, mientras que Neuquén, Santiago del Estero, Chaco y Tucumán se sumaron en mayo de 2011.

Fundamentos
Entre los fundamentos de la medida, la norma destaca lo establecido por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que posee jerarquía constitucional según lo previsto en el art. 75, inc. 22, de la Constitución Nacional , y dispone que “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental...”.
El deber del Estado de garantizar el acceso a la salud de toda la población, no sólo lo obliga a proteger la ausencia de enfermedad. Esto no sólo depende del efectivo acceso de todas las personas al sistema sanitario y atención médica, sino que implica la necesidad de brindar seguimiento y control oportuno de modo de maximizar su bienestar físico, psíquico y social.
En lo referente a las personas que se encuentran privadas de la libertad, y conforme a lo regulado por la Ley 24.660 (art. 143), “el interno tiene derecho a la salud. Deberá brindársele oportuna asistencia médica integral, no pudiendo ser interferida su accesibilidad a la consulta y a los tratamientos prescriptos. Los estudios diagnósticos, tratamientos y medicamentos indicados le serán suministrados sin cargo”.
Link a nota: http://www.msal.gov.ar/prensa/index.php?option=com_content&view=article&id=642:oficializan-programa-de-salud-destinado-a-personas-privadas-de-su-libertad&catid=6:destacados-slide642


Buenos Aires, 12 de Julio de 2012
Coordinación General de Información Pública y Comunicación
Ministerio de Salud de la Nación
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